- El alumno debe estar matriculado en La Salle Campus BCN y estar al día en el pago de la matrícula.
- Si el alumno está curando un Grado es imprescindible que tenga el 50% de los créditos aprobados.
- Si el alumno no es de nacionalidad española, será imprescindible que tenga en vigencia su NIE.
* IMPRESCINDIBLE que el alumno solicite con 60 días antes de su caducidad la solicitud de renovación del NIE (se aconseja que sea digital, ya que la resolución suele ser alrededor de 2 meses) Para obtener más información consultar en el Portal de Inmigración o la Oficina Internacional de la Salle
- Los alumnos de Grados y Másteres no pueden superar el límite de horas marcadas por curso académico: 960 horas y en el caso de alumnos de Postgrado y Cursos de Expertos Universitarios, será de 450 horas.
* El curso académico incluye el periodo lectivo de la formación que el alumno esté cursando y se inicia el día que empiezan las clases y finaliza con el cierre de Actas. Los convenios que se firmen no tendran una duración superior a 9 meses seguidos.
- Si entre sus tareas, el alumno tiene que ir a visitar una obra o ir a casa de clientes con su tutor, la empresa lo tendrá que notificar a la Universidad, con el objetivo de que esta realice los trámites internos necesarios para que el seguro escolar también cubra al alumno en estas situaciones.
* El seguro escolar cubre los accidentes en las idas o retornos a la escuela/prácticas, pero no como conductores de vehículos, que en este caso es el seguro obligatorio del coche implicado en el accidente.
* Es imprescindible que el alumno que vaya a realizar prácticas firme un escrito conforme no está autorizado a conducir un vehículo privado, y si lo hace, es bajo su total responsabilidad. Este documento se adjuntará en la documentación en el momento de formalizar el convenio.
- El alumno no podrá superar el límite de 20 horas semanales.
* Excepcionalmente pueden haber casos específicos que puedan realizar más de las 20h semanales, siempre y cuando el alumno pueda compaginar las prácticas en empresa con sus estudios. En verano podrán hacer 8h/día.
- Si el alumno causa baja antes de la fecha de finalización acordada por las partes, la empresa lo tiene que notificar a la Universidad, indicando el número de horas de prácticas realizadas y la fecha en que el alumno ha causado baja, para que esta tenga constancia y haga las gestiones oportunas.
- El Alumno deberá tener un tutor en la empresa que supervise sus prácticas en la empresa. Las funciones desarrolladas han de estar relacionadas con los estudios que cursa el alumno en La Salle Campus BCN.
- Finalizado el periodo de prácticas pactado, el tutor rellenará un cuestionario que la universidad le facilitará y hará una evaluación tanto del alumno (actitud, aptitudes, involucración) como de las prácticas realizadas, poniendo al final una nota global. Este cuestionario se enviará a la Bolsa de Trabajo de la Salle para que pueda formar parte de la evaluación del alumno, si el profesorado nos lo solicita.
- El alumno también rellenará un cuestionario de evaluación de las prácticas realizadas en la empresa, que deberá enviarlo a la Bolsa de Trabajo de La Salle.
- El alumno solo podrá tener 1 convenio de cooperación educativa en vigencia.
* El alumno ha de tener en cuenta que no son compatibles con las prestaciones por desempleo los convenios de prácticas que implican el alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, excepto en los casos de convenios a tiempo parcial, que serán compatibles, pero reduciendo la parte proporcional al tiempo trabajado del importe de la prestación. Para mayor información el alumno tendrá que ir a la oficina del Servei d’Ocupació de Catalunya (SOC).
- El alumno podrá estar un máximo de 2 años en la misma empresa.
- La empresa pagará directamente al alumno en concepto de ayuda a los estudios un mínimo de 6 €/h.. Sobre este importe se practicará la retención legal vigente en concepto del IRPF. A título orientativo, la retención será del 2% si el país de residencia fiscal del interesado es España. En caso de no aportar ningún certificado de residencia fiscal, se aplicará el % la retención legal vigente y que será el estipulado según el acuerdo con los Convenios establecidos con cada país. El alumno se ha de informar a las Oficinas de la Agencia Tributaria.
* Estos 6€/h son deducibles por parte de la empresa como un gasto.
- Se aplicará el Real Decreto 28/2018 (Disposició adicional quinta), del 28 de deiciembre, que obliga a las empresas e instituciones a dar de alta en la Seguridad Social, y cotizar por contingencias comunes y profesionales, a los estudiantes que tengan en su entidad realizando una estancia de prácticas en la que esté establecido que recibirán una cantidad en concepto de bolsa o ayuda al estudio.
- La empresa hará una aportación en concepto Colaboración al Fondo de Becas de La Salle Campus BCN de 2,15 €/h que se podrá pagar por domiciliación o transferencia bancaria.
* El Fondo de Becas de La Salle Campus BCN sirve para poder ayudar a aquellos alumnos que por su nivel económico familiar no pueden pagar el importe de la matrícula de la escuela.
* Esta colaboración tiene deducciones fiscales sobre la cuota del Impuesto sobre Sociedades de la empresa.
- La Universidad hará llegar a la empresa la documentació firmada por esta, junto con la factura de la colaboración al Fondo de Becas de La Salle Campus BCN.
* El cobro de la Colaboración al Fondo de Becas de La Salle Campus BCN correspondiente al periodo total del convenio, se hará efectivo durante el primer mes, respetando las condiciones de pago de la compañía.
Nota importante:
✓ El Alumno NO podrá iniciar sus prácticas en la empresa hasta que la Universidad no tenga toda la documentación firmada por las partes.
✓ El incumplimiento de alguno de los puntos anteriores implicará que la Universidad podrá rescindir automáticamente el convenio.